Reproducimos el comunicado de prensa difundido el 9 de abril de 2010 por la defensa del Ex Presidente Miguel Ángel Rodríguez, dando a conocer dos importantes victorias judiciales que alcanzó a menos de una semana de iniciar el juicio del caso ICE-Alcatel:

  • Admisibilidad de solicitud del Ministerio Público para presentar prueba declarada ilícita, deberá ser resuelta por el Tribunal del Juicio ICE-ALCATEL y no como pretendió la Fiscalía General

En una audiencia realizada esta mañana, el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito Judicial dio el voto 154-2010 con el cual elimina, de manera definitiva, todas las medidas cautelares por el caso PWS en contra del Exmandatario Miguel Ángel Rodríguez Echeverría.

De esta manera se pone punto final a las múltiples instancias en las que el Juzgado Penal decretó prohibición de salida y el Tribunal de Apelaciones las eliminó. 

Ahora el Expresidente se presentará a juicio sin ninguna medida cautelar en su contra.

“Así debió haber sido desde el principio. Nunca debí de haber sufrido prisión preventiva, ni arresto domiciliario, ni mucho menos encierro en un calabozo, si vine por voluntad propia hace más de cinco años y medio a Costa Rica para dar la cara y someterme a mi juez natural”, comentó Rodríguez.

Además en otras instancias la defensa de Rodríguez se anotó otra victoria al resolverse que la admisibilidad de cualquier prueba para mejor resolver deberá ser vista por el mismo Tribunal del Juicio Oral y Público designado desde Diciembre para el caso ICE-ALCATEL, y no por ninguna otra sección del Tribunal Penal del Segundo Circuito de San José.

"Esto coincide plenamente con la posición que los defensores siempre sostuvieron, en el sentido de que solo el tribunal del juicio está legalmente llamado a conocer sobre ese tipo de solicitudes en este momento del proceso, y no como pretendía la Fiscalía General. Las dos resoluciones reafirman  mi confianza en los Tribunales de Justicia y fortalecen mi optimismo ante el próximo inicio del juicio ICE-ALCATEL”, manifestó el Expresidente.

Antecedentes

El 8 de octubre de 2008, hace casi dos años, el Juez Penal, luego de la Audiencia Preliminar ordenó la Apertura a Juicio y declaró  igualmente que parte de los documentos que  la fiscalía había ofrecido como prueba era ilícita, que se había obtenido violentando la ley y la Constitución y que por tanto no podía ser admitida para conocerse por el Tribunal de Juicio.

La Fiscalía formuló tanto el recurso de Revocatoria como el de Apelación en contra de esa resolución del Juez Penal y ambos recursos se declararon sin lugar, confirmando lo que el Juez había resuelto. A pesar de ello, la fiscalía, conocedora de que el Recurso de Apelación estaba expresamente excluido en un caso como este, presentó incluso una nueva revocatoria contra lo resuelto por el Tribunal de Apelaciones y por tercera vez se les indicó que no tenían de razón y se les rechazó, por tercera vez, su intento de objetar lo resuelto por el Juez.

A finales del 2009 nuevamente la Fiscalía presentó una figura inapropiada, la de Protesta por Actividad Procesal Defectuosa, para tratar de cambiar las resoluciones anteriores, ante lo cual la Defensa del Expresidente señaló que el tema debía ser conocido por el Tribunal del Juicio, como ahora lo será.